Beneficios y Costos del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento

06/06/19

El pasado 8 de mayo se aprobó la Ley de la Economía del Conocimiento, que promueve el fortalecimiento y expansión de la industria de los servicios basados en el conocimiento, incluyendo a sectores muy dinámicos y con gran potencial de crecimiento a nivel mundial.

El objetivo de esta nueva ley es que actividades como el software, la biotecnología, las industrias aeroespacial y satelital, audiovisual, servicios geológicos, entre tantas otras, tengan un marco tributario que les permita competir globalmente, duplicando el empleo en el sector y multiplicando las exportaciones. 

A continuación, los principales aspectos de este nuevo régimen:

¿Cuáles son las actividades y rubros que incluye?

  • Software, servicios informáticos y digitales.
  • Producción y posproducción audiovisual.
  • Biotecnología, neurotecnología e ingeniería genética.
  • Servicios geológicos y de prospección.
  • Inteligencia artificial, robótica, (IOT) internet de las cosas.
  • Servicios profesionales de exportación.
  • Nanotecnología y nanociencia.
  • Industria aeroespacial y satelital.
  • Actividades de ingeniería, ciencias exactas y naturales, ciencias agropecuarias y ciencias médicas vinculadas a tareas de investigación y desarrollo experimental.

¿Cuáles son los principales beneficios?

  • Reduce los costos laborales, ya que adelanta el Mínimo no Imponible que la reforma tributaria prevé para el 2022. 
  • Otorga un bono de crédito fiscal transferible equivalente a 1.6 veces las contribuciones que debieran abonarse sobre ese mínimo no imponible. Este beneficio, puede utilizarse para cancelar IVA y Ganancias. 
  • Establece una alícuota reducida del Impuesto a las Ganancias del 15%.
  • Los exportadores a los que se le haya retenido impuestos similares al Impuesto a las Ganancias en el país destino de la exportación, podrán deducir lo pagado contra el impuesto a las Ganancias, obteniendo un alivio fiscal.
  • Las empresas con una antigüedad menor a 3 años, y categorizadas como MICRO en el Registro Pyme, pueden beneficiarse del régimen acreditando su actividad principal sin necesidad de cumplimentar otros requisitos.
  • Proporciona estabilidad fiscal para sus beneficiarios ya que no podrán ver aumentada su carga tributaria total nacional a partir la inscripción en el Registro y durante toda la vigencia del mismo, incluyendo los derechos de exportación.

¿Qué costos asociados tiene?

Se prevé el pago de una tasa para solventar gastos destinados a tareas de auditorías y controles de hasta un 4% y un aporte para el financiamiento por un monto de hasta el 1,5% sobre el monto de los beneficios obtenidos en el marco del régimen de promoción.


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con nuestro equipo de especialistas que podrá asesorarte sobre si la actividad de tu empresa está incluida en el beneficio y sobre cómo ingresar al régimen.

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