07/08/19
El 1° de julio han entrado en vigencia las disposiciones contenidas en la comunicación A6578 emitida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) relativa a la emisión de cheques electrónicos o ECHEQ, surgiendo así un nuevo e innovador instrumento de pago que convive con el sistema vigente de cheques en formato papel.
El cheque electrónico es la versión digitalizada del cheque tradicional. Si bien su uso no es obligatorio, esta modalidad tiene varias ventajas operativas. Te contamos cuáles son.
Al igual que un cheque tradicional, podrán emitirlo todos aquellos titulares de una cuenta corriente en una entidad financiera.
Las personas físicas o jurídicas que posean caja de ahorro o cuenta corriente. El beneficiario de ECHEQ podrá aceptarlo o rechazarlo (en este caso vuelve al endosante o librador y no se permitirán instancias posteriores sobre el mismo). En caso que no sea aceptado ni rechazado dentro del plazo correspondiente, caducará luego de su fecha de vencimiento.
Es el que establece la Ley de Cheques. El beneficiario contará con la posibilidad de depositarlo hasta 30 días con posterioridad a la fecha de pago que figure en el valor.
podemos brindarte asesoramiento sobre la instrumentación y ejecución de estos instrumentos, la normativa aplicable y los recaudos legales a considerar, así como las nuevas funcionalidades que se habilitarán en la próxima fase de implementación.