04/05/22
El Libro Sueldos Digital (LSD) está siendo implementado por etapas, incorporando paulatinamente a los empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. Los sujetos obligados son notificados en su domicilio fiscal electrónico o bien por Resolución General.
A su vez, el pasado 6 de abril, la AFIP junto al Ministerio de Trabajo de la Nación, dieron a conocer los avances de su implementación, invitando a las provincias a compartir su uso.
Es una nueva herramienta informática que permite cumplir distintas obligaciones en un único paso: emitir el libro de sueldos y jornales en forma digital en base a la información de las liquidaciones de sueldos y generar la declaración jurada de seguridad social (F931), compatibilizando el registro de datos de los empleadores con los de AFIP.
Por el momento no reemplaza al Libro de Sueldos previsto por el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, por lo que cada ministerio de trabajo provincial continúa con los procesos de rúbrica.
Luego de cumplir los pasos detallados, se puede emitir el LSD.
con nuestro equipo de especialistas para acompañarte y asesorarte en la implementación de esta nueva herramienta.